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ALGUNAS CONSECUENCIAS LEGALES

                                     Las consecuencias que pueden tener las diferentes modalidades de acoso,
                                          sea o no online, son variadas:  por un lado, hay que considerar el daño
                                          directo emocional o psicológico que pueden producir las amenazas, el
                                         acoso, y otros ataques dirigidos a individuos concretos, por motivos de
                                        odio e intolerancia que también produce un daño indirecto, deteriorando
                                        la dignidad de las personas y dañando su reputación que constituye un
                                        mecanismo muy importante en la deshumanización de ciertos colectivos
                                                          que resultan discriminados por su raza, religión o sexo.

                                            El derecho a la no discriminación se ha transformado en un principio
                                                                                  básico de convivencia mundial

                                           La Declaración Universal de Derechos Humanos establece normas de
                                             comporamiento general que son de obligatorio cumplimiento a nivel
                                                                                                  mundial como:

                                          El derecho a la igualdad: nadie puede ser discriminado por su “raza”,
                                                 sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia
                                                              personal o social. (Art. 14C.E. Igualdad ante la Ley).

                                               Derecho a la vida y a la integridad física y moral: nadie puede
                                               ser privado de su vida, ni puede ser agredido física o moralmente.
                                                  Además, como en la gran mayoría de los países democráticos,
                                               queda abolida la Pena de Muerte, respetando así al máximo este
                                                                                                        derecho

                                        Existen mecanismos legales que aportan herramientas muy importantes
                                              a la hora de denunciar este tipo de actos que en su mayoría están
                                             contemplados como delitos que dan lugar a sanciones con el fin de
                                         buscar la convivencia pacifica en las comunidades entre ellos podemos
                                                                   destacar delitos como la injuria y la calumnia.

                                          ¿Qué vías tenemos para defender nuestros derechos?



                                      Los Derechos Fundamentales tienen una protección especial en nuestras
                                                   leyes, existiendo vías judiciales para su defensa y protección.



                                              Vía Penal: el Código Penal castiga las conductas que se consideran
                                       1.  más graves, estando relacionadas directamente con los derechos a
                                           los que hemos hecho referencia. Sin embargo, solo se puede utilizar
                                           esta vía en las acciones establecidas como delitos, y muchas veces
                                           hay comportamientos que aún siendo discriminatorios, pueden
                                           no esta catalogados como delito  por lo tanto quedan fuera del
                                           alacance de ley penal.

                                             Vía Civil: cualquier persona que sufra un perjuicio o injurias por
                                      2. motivos discriminatorios, aunque el comportamiento que lo cause no
                                           esté considerado como delito, puede plantear esos daños morales
                                           a efectos de obtener una indemnización por la vía Civil.


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